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¿Cuándo aplica la retención de 1.25 en resico. Novedad aquí - ¿Cuándo se retiene 1.25 resico

¿Cuándo aplica la retención de 1.25 en resico El artículo 113-J de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece la obligación para las personas morales de retener el 1.25% de ISR a las personas físicas del RESICO por las actividades empresariales, servicios profesionales y el uso o goce temporal de bienes.

Desde el 1 de enero del 2022 se incorporó en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) un nuevo esquema de tributación para las personas físicas y morales, denominado Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el cual ofrece mayores beneficios fiscales y facilidades administrativas.

Cuando los contribuyentes presten servicios profesionales a las personas morales, éstas deberán retener, como pago provisional, el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los pagos que les efectúen, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes comprobante fiscal en el que ...

ESTÁN OBLIGADOS A EFECTUAR LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO QUE SE LES TRASLADE, LOS CONTRIBUYENTES QUE SE UBIQUEN EN ALGUNO DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: RECIBAN SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES, O USEN O GOCEN TEMPORALMENTE BIENES, PRESTADOS U OTORGADOS POR PERSONAS FÍSICAS, RESPECTIVAMENTE.

¿Cuál es la retención de ISR en el regimen simplificado de confianza

Retención de ISR 1.25%: Régimen Simplificado de. Confianza.

¿Cuánto se retiene de IVA resico

En contraste, para el supuesto de las personas físicas que tributen en un régimen fiscal distinto al RESICO y que realicen las actividades sujetas a retención, les será aplicable la tasa del 10%, que resulta mucho mayor a la del 1.25% que beneficia al contribuyente bajo el régimen del RESICO.

En contraste, para el supuesto de las personas físicas que tributen en un régimen fiscal distinto al RESICO y que realicen las actividades sujetas a retención, les será aplicable la tasa del 10%, que resulta mucho mayor a la del 1.25% que beneficia al contribuyente bajo el régimen del RESICO.

Respuesta: Depende del régimen en el que se tribute es la retención que se deberá realizar, tratándose del Régimen de Arrendamiento y en General por Otorgar el Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles será del 10 % y si es Régimen Simplificado de Confianza será de 1.25 por ciento.

¿Cuánto se retiene de ISR en regimen de Confianza

Retención de ISR 1.25%: Régimen Simplificado de. Confianza.

En contraste, para el supuesto de las personas físicas que tributen en un régimen fiscal distinto al RESICO y que realicen las actividades sujetas a retención, les será aplicable la tasa del 10%, que resulta mucho mayor a la del 1.25% que beneficia al contribuyente bajo el régimen del RESICO.

Como parte de la implementación del nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), las personas morales ayudarán recaudar impuestos de las personas físicas que se encuentren en Régimen Simplificado de Confianza mediante la retención de 1.25% sobre la base grabable sin considerar IVA a aquellas personas físicas que ...

Presentar la declaración del impuesto de renta y complementarios. Asumir la retención del cincuenta por ciento (50%) del IVA, cuando adquiera bienes o servicios gravados de responsables del régimen simplificado. Actuar como agente de retención, cuando cumpla los requisitos exigidos en la ley.

Las personas morales deberán realizar el entero del ISR retenido a través de la presentación de la declaración R14 'Retenciones por servicios profesionales/Régimen Simplificado de Confianza', a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago, conforme a lo establecido en la regla 2.8.3.1.“Cuando los contribuyentes a que se refiere el artículo 113-E de esta Ley realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener, como pago mensual, el monto que resulte de aplicar la tasa del 1.25% sobre el monto de los pagos que ...

¿Cómo se calcula la retención de ISR en resico

Cálculo del ISR Personas Físicas Cuando se realicen servicios a Personas Morales, éstas deberán hacer una retención a la Persona Física del 1.25% sobre el pago que le hagan y esta retención se podrá restar al pago mensual del ISR una vez realizado el cálculo.Retención de ISR 1.25%: Régimen Simplificado de. Confianza.De acuerdo al texto legal principal, la disposición precisa que cuando las personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes hacia personas morales (todas), estas últimas deberán retener ISR a la tasa del ...1.25 por ciento Respuesta: Depende del régimen en el que se tribute es la retención que se deberá realizar, tratándose del Régimen de Arrendamiento y en General por Otorgar el Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles será del 10 % y si es Régimen Simplificado de Confianza será de 1.25 por ciento.Los contribuyentes del SIMPLE sí están sujetos a las reglas de retención del IVA. Las tarifas del RST están entre el 1.8% y el 14.5% y su aplicación dependerá de los ingresos brutos y de la actividad empresarial desarrollada.

¿Qué porcentaje de retención se aplica

La tasa actual de retención es del 3% y por la retención efectuada el Agente de Retención entrega a su proveedor un Comprobante de Retención.

1.25 por ciento Respuesta: Depende del régimen en el que se tribute es la retención que se deberá realizar, tratándose del Régimen de Arrendamiento y en General por Otorgar el Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles será del 10 % y si es Régimen Simplificado de Confianza será de 1.25 por ciento.

Realizar los CálculosSe le resta al ingreso el monto del límite inferior, a este resultado se le conoce como base.A la base se le multiplica por el porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior.A dicho resultado se le debe de sumar la cuota fija.Después de estos cálculos nos da el ISR a Retener.

Retención de ISR 1.25%: Régimen Simplificado de. Confianza.Aplicar retención de ISR 1.25%Dirígete a la sección “Impuestos” y en el campo “Tipo” elije la opción de retención.En el campo “Base” captura la cantidad que se verá afectada por la retención.En el campo “Impuesto” elije la opción que requieras (IVA, ISR o IEPS).En “Tipo Factor” elige la opción “Tasa”. ¿Cuándo hay que aplicar retención a una factura La retención en una factura la deben realizar los autónomos profesionales, cuya actividad está englobada en los epígrafes profesionales del IAE, sección segunda y tercera, cuando facturan a otros profesionales o empresarios, nunca a particulares.

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