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¿Cuándo aplica la retención en resico 2022. Novedad aquí - ¿Cuándo aplica la retención en resico 2022

¿Cuándo aplica la retención en resico 2022 Desde el 1 de enero del 2022 se incorporó en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) un nuevo esquema de tributación para las personas físicas y morales, denominado Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el cual ofrece mayores beneficios fiscales y facilidades administrativas.

Las retenciones deberán ser declaradas al fisco, las personas morales que hayan efectuado pagos a personas físicas del RESICO, debieron retener el 1.25% por concepto de ISR, y están obligadas a enterar al fisco a más tardar el 17 de febrero.

- La obligación de retener nace en el momento en que se formalice la transmisión, amortización o reembolso de los activos financieros correspondientes, con independencia de las condiciones de cobro pactadas.

Pues sí, el obligado a practicar la retención es el que recibe la factura y no quien la ha emitido. Por lo que frente a Hacienda el obligado a practicar e ingresar la retención es tu cliente, si eres tu quien emite la factura.

¿Cuándo aplica la retención del 1.25 de ISR resico

El artículo 113-J de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece la obligación para las personas morales de retener el 1.25% de ISR a las personas físicas del RESICO por las actividades empresariales, servicios profesionales y el uso o goce temporal de bienes.

¿Cuándo aplica la retención de 1.25 de ISR

A partir del 1º de enero del 2022, cuando las empresas que se encuentren inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ante el SAT y que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a personas morales, estas últimas deberán retener, el monto que resulte de ...

Retención de ISR 1.25%: Régimen Simplificado de. Confianza.

El retenedor efectuará la retención del impuesto en el momento en el que pague el precio o la contraprestación y sobre el monto de lo efectivamente pagado y lo enterará mediante declaración en las oficinas autorizadas, conjuntamente con el pago del impuesto correspondiente al mes en el cual se efectúe la retención o, ...

¿Cómo se aplica la retención en una factura

La retención en la factura debe aparecer con claridad, de manera desglosada, junto al resto de impuestos (como el IVA). Como se puede observar, la retención, del 15%, se calcula a partir de la base imponible y se resta (a diferencia del IVA, que se suma).

⇒ Cuando la diferencia entre la base para calcular el tipo de retención y el mínimo personal y familiar para calcular el tipo de retención fuese cero o negativa, el tipo de retención será cero.

No tienen que retener quienes no son empresa, profesionales o empresarios, es decir, los clientes particulares que no realizan una actividad económica. Las facturas de venta no llevarán retención si el cliente al que se dirigen es un particular.

ESTÁN OBLIGADOS A EFECTUAR LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO QUE SE LES TRASLADE, LOS CONTRIBUYENTES QUE SE UBIQUEN EN ALGUNO DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: RECIBAN SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES, O USEN O GOCEN TEMPORALMENTE BIENES, PRESTADOS U OTORGADOS POR PERSONAS FÍSICAS, RESPECTIVAMENTE.

Retención de ISR 1.25%: Régimen Simplificado de. Confianza.Respuesta: Depende del régimen en el que se tribute es la retención que se deberá realizar, tratándose del Régimen de Arrendamiento y en General por Otorgar el Uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles será del 10 % y si es Régimen Simplificado de Confianza será de 1.25 por ciento.

¿Cuánto se retiene de IVA en resico

En contraste, para el supuesto de las personas físicas que tributen en un régimen fiscal distinto al RESICO y que realicen las actividades sujetas a retención, les será aplicable la tasa del 10%, que resulta mucho mayor a la del 1.25% que beneficia al contribuyente bajo el régimen del RESICO.Consecuencias de no practicar retenciones en la fuente. «No realizada la retención o percepción, el agente responderá por la suma que está obligado a retener o percibir, sin perjuicio de su derecho de reembolso contra el contribuyente, cuando aquél satisfaga la obligación.Los tramos de retención de IRPF en 2020 están fijados de la siguiente manera:Hasta 12.450 €: la retención es del 19%.De 12.450 € a 20.200,00 €: la retención es del 24%.De 20.200 € a 35.200 €: es del 30%.De 35.200 € a 60.000 €: es del 37%.De 60.000,01 € a 300.000 €: es del 45%.La retención mínima que nos pueden aplicar en la nómina es del 2% y nunca podrán retenernos cantidades por debajo de esa cantidad.Si eres agente de retención, nombrado por Sunat, y tu proveedor emite una factura por más de S/ 700.00 , debes retener y abonar a la institución el Impuesto General a las Ventas (IGV), equivalente al 3% del pago a realizar. Puedes hacerlo por internet o presencialmente.

¿Cuándo se retiene ISR en resico

1.25% El artículo 113-J de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece la obligación para las personas morales de retener el 1.25% de ISR a las personas físicas del RESICO por las actividades empresariales, servicios profesionales y el uso o goce temporal de bienes.

Se trata de un documento que debe entregar el patrón al trabajar donde se especifique el monto de los ingresos que este último percibe, el impuesto que le ha sido retenido y deben constar todos los datos del patrón. Todo ello se encuentra regulado dentro de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

ESTÁN OBLIGADOS A EFECTUAR LA RETENCIÓN DEL IMPUESTO QUE SE LES TRASLADE, LOS CONTRIBUYENTES QUE SE UBIQUEN EN ALGUNO DE LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: RECIBAN SERVICIOS PERSONALES INDEPENDIENTES, O USEN O GOCEN TEMPORALMENTE BIENES, PRESTADOS U OTORGADOS POR PERSONAS FÍSICAS, RESPECTIVAMENTE.

En los últimos años, el Gobierno ha aprobado diferentes medidas fiscales para favorecer el trabajo autónomo. Una de estas medidas es la posibilidad de aplicar el 7% de retención de IRPF en las facturas para los nuevos autónomos durante los tres primeros años de actividad.Porcentajes máximos y mínimos Existe un tipo máximo de retención que no se puede sobrepasar, según el artículo 85 del Reglamento del IRPF no puede ser superior al 45%. Por otro lado, la Agencia Tributaria establece los criterios para determinar el porcentaje a aplicar pero como mínimo será del 2%. 8% A personas naturales residentes por servicios profesionales intelectuales que no sean de su profesión. Notarias, registradores de la propiedad y mercantiles. Arrendamiento de bienes inmuebles.

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